Reglamento

1. Campo de aplicación

1ºARTÍCULO

2. Derechos del Aprendiz SENA

ARTÍCULO 2°
 A.   De carácter Académico.
B.4. De carácter Comportamental
ARTÍCULO 3°. Estímulos e incentivos.

3. Deberes del Aprendiz SENA

ARTÍCULO 4°.
A.11 De carácter Académico.
B.16 De carácter Disciplinario.

4. Prohibiciones

ARTÍCULO 5°.
 A.4  De carácter académico.
B.20 De carácter Disciplinario.

5. Etapa práctica en los programas de formación

ARTICULO 6°. Apropiación y desarrollo del conocimiento.
ARTÍCULO 7°. Alternativas de Permanencia en los programas de formación durante la etapa práctica.
ARTÍCULO 8°. Registro de la Etapa práctica.
ARTÍCULO 9º. Seguimiento de la Etapa práctica.

6. Trámites realizados por los aprendices del SENA

ARTÍCULO 10º.
ARTÍCULO 11. Registro Académico.
ARTÍCULO 12.
ARTÍCULO 13.
ARTICULO 14. Expedición de duplicados.
ARTÍCULO 15. Legalización de documentos académicos SENA para apostille.
ARTICULO 16.

7. Proceso de formación, incumplimiento, deserción

ARTICULO 17. Participación y Cumplimiento.

8. Faltas académicas y disciplinarias

ARTÍCULO 18. Faltas que afectan el proceso de formación y la convivencia.
ARTÍCULO 19. Clasificación de las faltas: Las faltas del Aprendiz pueden ser Académicas o Disciplinarias.
ARTICULO 20. Calificación de las faltas.
ARTICULO 21. Criterios para calificar la falta.

9. Medidas formativas y sanciones

ARTÍCULO 22. Medidas Formativas.
ARTÍCULO 23. Sanciones.
ARTICULO 24. Principios rectores para la aplicación de sanciones.

10.  Procedimiento para la aplicación de sanciones

ARTICULO 25.
ARTICULO 26.
ARTICULO 27. Reuniones.
ARTÍCULO 28. Comunicación al Aprendiz.
ARTÍCULO 29. Sesión del Comité de Evaluación y Seguimiento.
ARTÍCULO 30. Acto sancionatorio.
ARTÍCULO 31. Recurso.

11. De la representación de los aprendices

ARTÍCULO 32.
ARTÍCULO 33. Representante de los Aprendices en el Centro.
ARTICULO 34. . Número de Representes y periodo.
ARTÍCULO 35. Requisitos y condiciones para ser candidato a Representante de los Aprendices del Centro.
ARTÍCULO 36. Responsabilidades del Representante de Aprendices en el Centro.
ARTÍCULO 37.
ARTÍCULO 38. Procedimiento para elegir Representante de los Aprendices por Centro.
ARTICULO 39. Revocatoria de la designación del Representante de Aprendices.

12. De la representatividad de los lideres de programa.

ARTÍCULO 40. Aprendices líderes de programa.
ARTÍCULO 41. Requisitos y condiciones para ser líderes de programa.
ARTÍCULO 42. Responsabilidades de los Líderes de programa. Son las siguientes.
ARTÍCULO 43. Elección de los líderes de programa.

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